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Guía legal

Registro horario digital obligatorio: en qué estado está la norma en 2026

Un nuevo Real Decreto obligaría a que el registro de jornada sea exclusivamente digital, sin papel ni Excel. Te explicamos en qué fase de tramitación está realmente y qué es aplicable hoy.

Publicado el 21 de agosto de 2026

Si buscas “registro horario digital obligatorio 2026” te vas a encontrar mucho contenido alarmista de proveedores de software anunciando que el Excel “ya no es legal”. No es cierto, al menos no todavía. Aquí tienes el estado real de la norma, con fechas y fuentes, sin exagerar.

Qué es exactamente esta norma

Se trata de un anteproyecto de Real Decreto que obligaría a que el registro de jornada sea exclusivamente digital: inalterable, con acceso remoto para la Inspección de Trabajo en tiempo real y acceso permanente del trabajador a sus propios datos. Si se aprueba tal cual, dejaría de ser válido el papel o el Excel como único sistema de registro.

Esto es distinto de la obligación de registrar la jornada, que ya es ley desde 2019 y sigue vigente independientemente de cómo termine este nuevo Real Decreto.

Importante: no es lo mismo que la reducción a 37,5 horas

Muchos artículos mezclan esta norma con la reducción de la jornada máxima de 40 a 37,5 horas semanales. Son dos reformas distintas:

  • La reducción a 37,5 horas se tramitaba junto al registro digital, pero el Congreso rechazó su tramitación el 10 de septiembre de 2025 (por la abstención de Junts) y a día de hoy sigue bloqueada, sin fecha ni calendario.
  • El registro horario digital se separó entonces en un Real Decreto independiente, precisamente porque un Real Decreto (a diferencia de un Real Decreto-ley) no necesita pasar por el Congreso, lo que en teoría agiliza su aprobación.

Cronología real de la tramitación

  1. Septiembre de 2025: tras el fracaso de la reforma conjunta en el Congreso, el Consejo de Ministros aprueba tramitar el registro horario digital como Real Decreto independiente.
  2. Octubre de 2025: fase de consulta pública (15-30 de octubre). La patronal CEOE ya muestra oposición a puntos como el plazo de adaptación de solo 20 días y el acceso remoto de la Inspección.
  3. 23 de marzo de 2026: el Consejo de Estado emite un dictamen desfavorable. Entre sus objeciones: el impacto económico en pymes no está bien evaluado (se estima en unos 867 millones de euros), algunas obligaciones deberían tramitarse como ley y no como reglamento, no se adapta a las particularidades de cada sector, y las garantías de protección de datos son insuficientes.
  4. Abril de 2026: el Gobierno confirma que seguirá adelante, con cambios técnicos en protección de datos y negociación colectiva, y se plantea dar un año de plazo a las pymes para adaptarse.
  5. Julio de 2026: Trabajo y Economía acuerdan retomar la reforma en septiembre de 2026 para resolver las objeciones del Consejo de Estado.

Estado a fecha de hoy

No está en vigor ni tiene fecha de entrada en vigor confirmada. El texto sigue sin aprobación definitiva en el Consejo de Ministros, y las estimaciones más realistas sitúan su publicación en el BOE a finales de 2026 o principios de 2027, con una entrada en vigor 20 días después y plazos de adaptación escalonados (6, 9 o 12 meses según el tamaño de empresa) una vez publicada.

Mientras tanto, sigue siendo válido cualquier sistema de registro —digital, papel o Excel— siempre que cumpla los requisitos ya exigidos desde 2019: hora exacta de entrada y salida, fiabilidad y accesibilidad. Eso sí, la Inspección de Trabajo no espera a esta reforma para actuar: ya sanciona hoy los registros que considera poco fiables, especialmente los manuales mal llevados.

Qué hacer mientras tanto

No hace falta que corras a comprar software solo por esta norma en concreto, porque aún puede tardar meses en aprobarse y cambiar en el proceso. Pero sí tiene sentido digitalizar el registro cuanto antes por dos motivos que ya son reales hoy:

  1. La obligación de registro ya existe desde 2019, y un sistema digital reduce mucho el riesgo de errores frente al papel o Excel.
  2. Si esta norma finalmente se aprueba, quien ya tenga un sistema digital fiable partirá con ventaja frente a quien tenga que migrar desde cero con plazos ajustados.

Consulta nuestra comparativa de programas de control horario si quieres adelantarte sin esperar a que la norma se apruebe.

Artículo actualizado a fecha de agosto de 2026. La tramitación de este Real Decreto sigue abierta y puede cambiar; verifica siempre el estado más reciente antes de tomar decisiones basadas solo en esta fecha límite.